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jueves, 22 de abril de 2010

¿Qué es un título de crédito?


El artículo 5° de la ley general de títulos y operaciones de crédito nos dice que son títulos de crédito los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna.


Los títulos de crédito de crédito pueden ser considerados bajo tres aspectos:


a) Los títulos de créditos como actos de comercio: El artículo 1° de la LTOC dispone que la emisión, expedición, endoso, aval o aceptación de títulos de crédito, y las demás operaciones que en ellos se consignen son actos de comercio.


b) Los títulos de crédito como cosas mercantiles: Se diferencia de todas las demás cosas mercantiles de que aquellos, son documentos; es decir, medios reales de representación gráfica de hechos. Tiene además, el carácter de cosas muebles, en los términos de nuestra legislación común.


c) Los títulos de crédito como documentos: Existen los documentos meramente probatorios, cuya función consiste en demostrar en forma gráfica la existencia de alguna relación jurídica, misma que, a falta de tales documentos, podrá ser probada por cualquier otro medio admisible en derecho.


Por otra parte encontramos los documentos llamados constitutivos, que son aquellos indispensables para el nacimiento de un derecho. Es decir sin el documento no existirá el derecho, no nacerá el derecho.